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Revista Colombia Médica
Universidad del Valle - Facultad de Salud
ISSN: 0120-8322 EISSN: 1657-9534
Vol. 39, Num. 3, 2008, pp. 302-303

Revista Colombia Médica, Vol. 39, No. 3, Jul-Sept, 2008, pp. 302-303

Letter to the editor

Referencia: Respuesta a la Carta del Editor en relación con el artículo «Uso del bajo peso al nacer como criterio seleccionador para la vigilancia rutinaria de anomalías congénitas de origen infeccioso». Colomb Med. 2008; 39 (Supl 2): 24-8.

Antonio Bermúdez, MD

Grupo de Genética, Instituto Nacional de Salud, Bogotá, DC, Colombia e-mail: abermudez@ins.gov.co

Code Number: rc08059

Señor Editor:

Referencia: Respuesta a la Carta del Editor en relación con el artículo «Uso del bajo peso al nacer como criterio seleccionador para la vigilancia rutinaria de anomalías congénitas de origen infeccioso». Colomb Med. 2008; 39 (Supl 2): 24-8.

El artículo se refiere a la importancia de considerar el bajo peso al nacimiento como un criterio para sospechar y descartar enfermedades infecciosas, por eso el título se refiere al uso del bajo peso para ese fin y corresponde a la conclusión del trabajo realizado.

La población de estudio se estableció por conveniencia, para tener representación de varias regiones de Colombia, siendo los requisitos de selección tener promedio de por lo menos un parto diario, contar con servicio de laboratorio clínico y tener compromiso de la gerencia. La conveniencia es administrativa y no genera sesgos en la información analizada. Para el objetivo de observar anomalías congénitas y el bajo peso al nacimiento no se requiere tener una muestra poblacional completa, razón por la cual se diseñó un estudio con varias regiones, así se explica en el artículo.

Para el presente estudio entendemos que un caso de una enfermedad dada puede ser el efecto de una causa dada, siendo efecto el punto final de un mecanismo causal, identificando el tipo de salida que la causa produce. Por ejemplo, en un sentido cuantitativo y particular, un efecto es la cantidad de cambio en la frecuencia de la enfermedad en la población causado por un factor específico. Para la situación que tratamos en el artículo, en la población de neonatos, el efecto de tener una infección TORCH comparado a no tenerla, es un incremento en el riesgo promedio de tener bajo peso. En epidemiología es uso común referirse a una característica causal potencial como exposición, así exposición puede referirse a un comportamiento, un rasgo, un tratamiento o una exposición en el sentido popular; entonces la TORCH es la exposición y el bajo peso el efecto, pero permanecen posibles otros efectos por ejemplo TORCH con cardiopatía, TORCH con hepatoesplenomegalia, TORCH con microcefalia y así muchos más.

En el artículo se informa el riesgo de tener bajo peso siendo IgM positivo comparado con tener bajo peso siendo IgM negativo para rubéola, por tanto se trata de comparar la diferencia en la ocurrencia de bajo peso en la población de estudio frente a la exposición para la cual sólo existen dos posibilidades, que son tener o no tener IgM positiva para rubéola, así como tener o no tener IgM positiva para los otros patógenos del complejo TORCH. Se informa el RR calculado para IgM rubéola, el cual fue significativo. Los datos fueron insuficientes para calcular los RR en relación con cada patógeno por tipo de anomalía congénita. Tampoco se puede hacer un análisis de OR porque el estudio no es de casos y controles, no fue diseñado de esa manera. Los resultados sirven para orientar acciones aunque no sean la visión final del problema, de hecho se constituyen en herramienta para justificar investigaciones posteriores de verificación y profundización de las evidencias, probablemente por medio de estudios de comparación de cohortes de expuestos y de no expuestos. Por esa razón la fuerza de la evidencia de las observaciones del articulo solamente descansa en la observación de positividad de las pruebas TORCH, en niños con bajo peso para la edad gestacional, con o sin anomalías congénitas, lo cual es un argumento suficiente para alertar y motivar a que se estudie rutina-riamente el complejo TORCH en los niños con bajo peso. Sin embargo, se espera que se adelanten otros estudios que sirvan para aumentar las evidencias en este sentido y fue la motivación principal para la publicación de estos resultados.

En el artículo se informa que a todos los niños con bajo peso se les tomó la muestra de estudio y se le realizaron los exámenes establecidos en la Resolución N° 0412 de 2000, por tanto la fuente de información es la propia historia clínica y el flujo de muestras siguió el procedimiento establecido por la Red Nacional de Laboratorios para los exámenes de interés en salud pública. Estos son procedimientos que se cumplen en las IPS (instituciones prestadoras de servicios de salud) según las directrices dadas por el Ministerio de la Protección Social a las aseguradoras. Por tanto es en ese contexto que se debe establecer la vigilancia de las anomalías congénitas en Colombia. Coincidimos con el lector en que hay anomalías congénitas que no se pueden detectar al nacimiento, por eso lo mencionamos en el artículo como uno de nuestros argumentos para alertar sobre la importancia de considerar el bajo peso como un criterio para estudiar el síndrome TORCH, independientemente de que estén presentes las anomalías o de que no haya ninguna. En los antecedentes se mencionó el estudio ECLAMC, para proporcionar un contexto de las actividades de vigilancia de anomalías congénitas que hemos desarrollado pero en la metodología se explica que se captaron los niños con bajo peso y los que tuvieran anomalías de acuerdo con el examen médico de la Resolución N° 0412 que se debe hacer al neonato, por tanto no se aplicó el método de casos y controles del ECLAMC ni era esa la intención. Se pretende implementar una metodología en el contexto de la normatividad colombiana, aplicable en todo el país.

En los resultados se describe el número de partos que cubrió la muestra, el número de casos captados, el número de datos disponibles para cada variable descrita, el número de casos con bajo peso, el número de casos para cada prueba realizada y el porcentaje de positividad, de tal manera que el lector puede saber la magnitud y la proporción de cada dato.

Para concluir, el artículo de Minussi et al.1, informa que sólo 6.3% de los hijos de madres vacunadas para rubéola, estando inadvertidamente embarazadas, tienen títulos positivos para IgM pero también indica que no hay diferencia en el bajo peso al nacimiento de este grupo comparado con la población total de nacimientos, lo cual en el contexto de la Investigación, significa que la vacunación no debe ser una razón para interrumpir el embarazo. Esta situación se diferencia de la rubéola silvestre, porque en la vacuna se utiliza la cepa atenuada RA 27/3, de esta manera cobra más importancia el hallazgo de bajo peso al nacimiento en niños de madres que tienen la enfermedad.

Con agradecimiento al lector por sus comentarios.

Atentamente,

Antonio Bermúdez, MD
Grupo de Genética, Instituto Nacional de Salud
Bogotá, DC, Colombia
e-mail: abermudez@ins.gov.co

REFERENCIA

  1. Minussi L, Mohrdieck R, Bercini M, Ranieri T, Sanseverino MT, Momino W, et al. Prospective evaluation of pregnant women vaccinated against rubella in southern Brazil. Reprod Toxicol. 2008; 25: 120-3.

Se dio la oportunidad a las autoras de contestar los siguientes comentarios pero no se obtuvo respuesta.

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